En septiembre de 2025 corresponde revisar nuevamente las liquidaciones salariales del personal comprendido en el régimen de Casas Particulares, debido a la aplicación del adicional por antigüedad.
Este concepto, vigente desde 2021, debe sumarse de manera obligatoria a los haberes mensuales de quienes cumplen determinados requisitos, y constituye un punto clave en la liquidación de sueldos.
Qué es el adicional por antigüedad en el servicio doméstico
El adicional por antigüedad fue establecido por la Resolución 2/2021 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP). El artículo 3 de esa norma dispuso que las trabajadoras y trabajadores del sector perciban un 1% adicional sobre el salario mensual por cada año trabajado a partir de septiembre de 2021.
Este beneficio no se calcula en forma retroactiva a períodos anteriores a esa fecha. Sin embargo, los empleadores pueden otorgarlo voluntariamente, aunque la normativa no lo establece como obligación.
En la práctica, si una persona comenzó a trabajar antes de septiembre de 2021, el cómputo de antigüedad comienza a partir de ese mes. Por ejemplo, un ingreso ocurrido en julio de 2020 genera derecho al adicional recién desde septiembre de 2022, al cumplirse el primer año dentro del nuevo régimen.
Desde cuándo se aplica el adicional
El adicional se aplica una vez cumplido un año desde septiembre de 2021. Esto significa que quienes ya trabajaban con anterioridad a esa fecha acumulan los años de servicio desde entonces, mientras que los ingresos posteriores a septiembre de 2021 se cuentan desde la fecha real de inicio de la relación laboral.
La aclaración es importante porque algunos empleadores confunden el inicio del cómputo, creyendo que corresponde pagar por la totalidad de la antigüedad desde el ingreso efectivo, incluso si fue previo a 2021. La norma, sin embargo, fija ese límite.
Fórmula de cálculo
El cálculo se realiza con la siguiente fórmula:
Adicional por antigüedad = 1% x (años trabajados desde septiembre 2021) x (sueldo mensual de la categoría)
La base de cálculo es la remuneración vigente en el mes correspondiente, que puede incluir adicionales como zona desfavorable o jornada reducida, según el caso.
Ejemplos prácticos
Caso 1: liquidación mensual
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Categoría: Tareas Generales con retiro
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Fecha de ingreso: 2/05/2015
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Período de liquidación: septiembre 2025
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Sueldo básico mensual: $374.541,36
La antigüedad contable desde septiembre de 2021 hasta septiembre de 2025 es de 5 años.
Cálculo del adicional: 374.541,36 x 1% x 5 = $18.727,07
Total a pagar: 374.541,36 + 18.727,07 = $393.268,43
Caso 2: pago por hora
- Categoría: Tareas Generales con retiro
- Fecha de ingreso: 15/03/2015
- Período de liquidación: septiembre 2025
- Valor hora: $3.052,99
- Horas trabajadas en septiembre: 64
Monto mensual por horas: 3.052,99 x 64 = $195.391,36
Adicional por antigüedad (5 años): 195.391,36 x 1% x 5 = $9.769,57
Total a pagar: 195.391,36 + 9.769,57 = $205.160,93
Puntos a considerar en la liquidación
- Base de cálculo: incluye la remuneración mensual o por hora y los adicionales vigentes.
- Jornada laboral: el cálculo se ajusta de manera proporcional en casos de media jornada o tiempo parcial.
- Adicional zona: se suma al básico de convenio y también se toma en cuenta para calcular la antigüedad.
- Recibos de sueldo: debe figurar como concepto independiente, identificado como «Adicional por antigüedad», para evitar conflictos legales futuros.
La omisión de este concepto en los recibos puede derivar en reclamos posteriores, especialmente en casos de desvinculación.
Impacto en otros conceptos salariales
El adicional por antigüedad forma parte de la remuneración habitual y, por lo tanto, integra la base de cálculo de:
- Sueldo Anual Complementario (SAC o aguinaldo).
- Vacaciones.
- Licencias pagas.
Esto implica que el beneficio no solo tiene impacto en el salario mensual, sino también en todos los rubros que se calculan sobre la remuneración total.
El no pago del adicional constituye un incumplimiento de la normativa vigente. En caso de conflicto, la trabajadora puede reclamar diferencias salariales retroactivas, especialmente si la relación laboral finaliza. Por esta razón, los empleadores deben asegurarse de incluirlo de manera correcta y detallada en cada liquidación.
Preguntas frecuentes sobre el adicional por antigüedad
- ¿Desde cuándo se cuenta la antigüedad? Desde septiembre de 2021, aun cuando el trabajador hubiera ingresado antes.
- ¿Qué ocurre si ingresó después de 2021? El cálculo comienza desde la fecha real de ingreso.
- ¿Se aplica sobre el sueldo básico o con adicionales? Se toma como base el sueldo de convenio de la categoría más los adicionales correspondientes, como zona.
- ¿Cómo se informa en el recibo de sueldo? Debe figurar de forma separada con la leyenda «Adicional por Antigüedad – X años».
- ¿Se incluye el adicional zona? Sí, el adicional zona forma parte de la base de cálculo.